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Ayudas y Subvenciones

27/1/2009

Subvenciones para el fomento de empleo destinada a la contratación de personas desempleadas por instituciones sin fin de lucro

Boletín Nº 21 del martes 27 de enero de 2009

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y EMPLEO

Resolución de 12 de enero de 2009, del Servicio Público de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de empleo destinada a la contratación de personas desempleadas por instituciones sin fin de lucro, que realicen obras y servicios de interés general y social en el año 2009.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones públicas para el fomento del empleo, en el ámbito de la colaboración con instituciones sin fin de lucro, mediante la contratación de personas desempleadas para la prestación de servicios o ejecución de obras de interés general y social.

En relación con los criterios de valoración de las solicitudes, enumerados en el apartado sexto de las bases reguladoras aprobadas por Resolución de la Consejería de Industria y Empleo de 26 de noviembre de 2008 (BOPA de 3 diciembre de 2008), se considera como colectivo de exclusión social los siguientes:

- Mujeres víctimas de violencia de género.

- Perceptores del salario social básico del Principado de Asturias o personas que no puedan acceder a esta prestación por falta del período exigido de residencia o empadronamiento o para la constitución de la unidad perceptora.

- Jóvenes mayores de 18 años y menores de 30 años que procedan de instituciones de protección de menores.

- Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo en proceso de rehabilitación o reinserción social.

- Internos de centros penitenciarios con posibilidad de acceso al empleo, liberados condicionales y ex reclusos.

- Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2002, 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo, así como los que se encuentren en situación de libertad vigilada y los ex internos.

Las solicitudes se presentarán según modelo normalizado que se adjunta a esta Resolución.

Junto a las solicitudes se acompañará la siguiente documentación:

- Copia del DNI de la persona que, en nombre y representación de la entidad, solicita la subvención, así como mandato o poder de representación para actuar en nombre y representación de la entidad.

- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

- Copia compulsada de la escritura pública y estatutos de constitución de la entidad solicitante, en los que resulte acreditada la ausencia de ánimo de lucro, en los supuestos que la solicitante sea unan entidad de tal naturaleza.

- Proyecto-memoria explicativo del programa y de las acciones a realizar, según el modelo que está a disposición de los interesados en el Servicio Público de Empleo (Servicio de Intermediación Laboral) y en la red de Oficinas del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, pudiendo solicitarse también a la dirección de correo electrónico interlab@princast.es

Al proyecto memoria se unirá toda aquella documentación que el solicitante considere oportuna para acreditar la información contenida en el mismo.

- Fichero de acreedores debidamente cumplimentado y diligenciado por la entidad bancaria, en su caso.

El Servicio Público de Empleo podrá requerir en todo momento la documentación original o información complementaria que se considere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en esta convocatoria.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la presente Resolución.


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