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14/03/2022

Declaración Anual Pensiones no contributivas Asturias

 En relación con la declaración anual de pensiones no contributivas en Asturias correspondiente al ejercicio 2021 que se inicia en enero de 2022, os informamos de lo siguiente: 1. Las personas beneficiarias de pensión no contributiva en Asturias, objeto de revisión anual serán las personas que figuren en la nómina de enero de 2021. 2.La declaración la deberá  presentar el titular de la pensión en el primer trimestre del año 2022 conforme al modelo que se adjunta. En ella deben constar  los  ingresos o rentas de que hayan dispuesto tanto el titular, como  las personas que integren su unidad económica en el año anterior (2021), así como los que prevean disponer en el año en curso. A tales efectos, el titular de la pensión podrá aportar documentación que acredite los datos declarados respecto a los ingresos y a la composición de la unidad económica de convivencia. La carta deberá ir dirigida a: Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, Pensiones no Contributivas C/Charles Darwin, s/n 33005 Oviedo. 3.La novedad este año es que, para una mayor seguridad jurídica y acreditación fehaciente de  la presentación de dicha declaración, ésta deberá entregarse conforme a lo establecido en el artículo 16 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Es decir, el pensionista deberá presentar dicha declaración en: a)  En el registro general del Principado de Asturias (SAC) C/ Trece Rosas (antes Coronel Aranda), 2, Planta Plaza (33005) Oviedo o C/ Mariano Pola, 3 Gijón,  Asturias. O en cualquier oficina de registro de Asturias. Más información en:  https://www.asturias.es/oficinas-de-registro

b) En el  electrónico de la Administración General del Estado, de la Administración del Principado de Asturias, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Siempre que disponga de DNI electrónico o certificado digital para ello. c) En las oficinas de Correos. d)En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e)En las oficinas de asistencia en materia de registros. f) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Este año suprimimos la entrega mediante envío a apartado de correos y mediante buzón en la Consejería por razones de seguridad. 4. Es por ello que se ruega la colaboración en el traslado de esta información a los pensionistas tanto en los centros de servicios sociales municipales, como en los Equipos Territoriales y Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), con la finalidad de que las personas afectadas presenten su declaración sin necesidad de esperar al requerimiento de la Administración, a partir del 1 de enero de 2022. 5.Se adjunta modelo de declaración para cumplimentar. 6.Sin perjuicio de que la Administración efectúe los requerimientos oportunos a lo largo del ejercicio 2022 en los casos en los que no se disponga de la comunicación efectuada por las personas afectadas.

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